OPERADORES DE TURISMO AVENTURA- Iniciar el trámite de habilitación ley N° 837

Inscripción al Registro Provincial de Operadores de Turismo Aventura de Tierra del Fuego A. e I. A.S.

Requisitos de corresponder a un Prestador de Turismo Aventura:

PASO 1

Para comenzar el trámite, debes presentar por nota la solicitud de Inscripción al Registro Provincial de Operadores de Turismo Aventura (R.P.O.T.A.): Para actividad en TIERRA:   Para actividad en AGUA: Una vez analizada la propuesta en caso de ser viable, se continuará el trámite lo cual será notificado formalmente.  

PASO 2

En caso de ser autorizado, deberá presentar la siguiente documentación Completar y remitir:

PASO 3

Recibida toda la documentación, remitiremos una nota para el pago del canon correspondiente a la habilitación de la prestación, según Ley Nº 837 Art. 14, Resolución In.Fue.Tur. Nº 1176/15, deberá remitir el comprobante de pago.

PASO 4

Se emitirá el acto administrativo para su inscripción en el R.P.O.T.A. Se cargará en el sitio Web Institucional. Se comunicará a todos los organismos que brindan información turística.  
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Consultar nuevas normativas de Trekking https://infuetur.gob.ar/documentos/legislacion_turistica

 
Leer atentamente, en caso de consulta podrá realizarla a los siguientes contactos, en los cuales se los guiará respecto de los requisitos.

Contactos:

(02901) 15584780 serviciosturisticos@infuetur.gob.ar

Horarios de atención al público

Lunes a viernes de 10 h a 15 h
Enviar por e-mail escaneado la documentación que se detalla a continuación (TECLEADO O DIGITADO Y EN FORMATO PDF )
 

Contacto: serviciosturisticos@infuetur.gob.ar